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Inéditas bajas de impuestos en Santa Fe: cómo impactan en cada sector.

Están incluidas en el proyecto de Ley Tributaria enviada a Legislatura este miércoles por el Ejecutivo. La propuesta incorpora descuentos para contribuyentes cumplidores, topes de actualización para que no haya incrementos encima de la inflación y medidas de impulso productivo para la industria, el agro, el comercio y los servicios en toda la provincia.

INFO CENTRAL VILLA OCAMPO Por INFO CENTRAL VILLA OCAMPO
noviembre 26, 2025
en Provinciales
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Por una resolución de la Justicia Federal y una disposición de Nación, vuelve a aplicarse impuesto a las ganancias a los salarios de docentes de Santa Fe.
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El Gobierno de Santa Fe presentó los lineamientos centrales de la Ley Tributaria 2026, cuyo objetivo es dar previsibilidad, aliviar la carga fiscal y promover la actividad económica.

La iniciativa tiene dos puntos inéditos: por un lado, el descuento de Ingresos Brutos para empresarios o emprendedores por cada salario del nuevo empleado que contraten*; por el otro, la deducción para empresas radicadas en Santa Fe del mismo tributo de lo pagado del servicio eléctrico a la EPE o cooperativas. 

La iniciativa mantiene además descuentos significativos en distintos puntos. El ministro de Economía, Pablo Olivares, destacó que la propuesta supone “una reducción efectiva de la carga tributaria, con actualizaciones inferiores a la inflación y herramientas para fortalecer la producción y el empleo”. Estuvo acompañado por los ministros de Desarrollo Productivo, Gustavo Puccini; y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Roald Báscolo.

Descuentos para contribuyentes cumplidores: quienes estén al día al 31 de diciembre de 2025 mantendrán un 20 % de descuento más la exención de la sexta cuota, lo que implica un beneficio estable del 33 %. A ello se suma un 35 % por pago anual anticipado o un 15 % por adhesión al débito automático. Así, el ahorro total puede alcanzar el 56 % para quienes opten por el pago anual, o el 43 % en caso de adherir al débito automático. Para el Impuesto Inmobiliario, la actualización se definió mediante un promedio entre inflación y salarios (Ripte) correspondiente a los últimos seis meses. El resultado es un ajuste del 14 % para el primer semestre del 2026, por debajo de la inflación proyectada.

En el caso de la Patente Automotor, no se modifican las alícuotas y se establece un tope de incremento del 30% para vehículos hasta modelo 2022.

Exenciones para viviendas: los contratos de alquiler destinados a vivienda única quedarán exentos del impuesto al sello. La misma exención alcanza a los créditos hipotecarios dirigidos a la adquisición de primera vivienda.

Medidas para la producción, la industria y las pymes: además del beneficio de descontar de ingresos brutos el salario de nuevos empleados y de deducir parte del costo de la energía eléctrica, la ley prorroga la estabilidad tributaria para pymes y mantiene reducciones de alícuotas. Más de 3.000 pequeñas y medianas empresas dejarán de actuar como agentes de retención, lo que simplifica trámites y reduce costos administrativos. 

El 65 % de la industria no paga Ingresos Brutos y otro 32 % abonará una alícuota efectiva del 1,05 %*. Las empresas que trabajen bajo contratos de fasón (fabricación a pedido de un terceros) serán consideradas industriales, reduciendo también su carga tributaria.

Agro: alivios y actualizaciones moderadas: además del beneficio de deducir parte del costo de la energía eléctrica, el sector agropecuario continuará exento del pago de Ingresos Brutos El Inmobiliario Rural tendrá una actualización del 14 % en el primer semestre y descuentos del 50 %, 40 % o 30 % según superficie y zona. Los arrendatarios recibirán un crédito fiscal equivalente a parte del impuesto abonado: 50 % en los departamentos del norte, 40 % en los del centro y 30 % en los del sur. Los alquileres rurales y los contratos asociativos de producción tambera quedan exentos del impuesto de sellos, y la maquinaria agrícola no pagará Patente Automotor.

Comercio y servicios: alivios amplios y deducciones energéticas: además del beneficio de descontar de ingresos brutos el salario de nuevos empleados y de deducir parte del costo de la energía eléctrica, 211.000 comercios tendrán una alícuota neta de entre el 1,5 % y el 2,5 %. De ese total, 163.000 accederán al beneficio gracias a la deducción del costo de la energía. Otros 48.000 que hoy tributan más del 2,5 % pasarán a un tope del 2,5 %, que se reduce aún más con la deducción energética hasta alcanzar una alícuota neta del 1,75 %.

Los comercios y el sector hotelero podrán descontar el 100 % de lo que paguen de Inmobiliario del valor de Ingresos Brutos, y ambos quedarán exentos del impuesto de sellos por contratos de alquiler.

En este esquema, y teniendo en cuenta la posibilidad de deducir hasta un 30 % de lo abonado por consumo eléctrico, hoteles y alojamientos tendrán una alícuota final del 3,15%.

Transporte, taxis, remises y actividad financiera: además del beneficio de descontar de ingresos brutos el salario de nuevos empleados, el transporte de carga contará con un crédito fiscal del 60 % sobre lo pagado de Patente, que podrá descontar de Ingresos Brutos. Para el transporte de leche fluida el crédito será del 100 %. Taxis y remises también podrán descontar de Ingresos Brutos el total de lo abonado por Patente.

Los bancos y las billeteras virtuales que otorguen créditos productivos tendrán incentivos: podrán deducir hasta un 25% de la base imponible del impuesto cuando financien a pymes, emprendedores, viviendas, leasing o vehículos para taxis y remises.

 

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